Glosario
AdministrativoTambién: Permis de première occupation
Licencia de primera ocupación
Autorización municipal que acredita que una vivienda nueva puede habitarse conforme a la licencia.
La licencia de primera ocupación es la autorización expedida por el ayuntamiento que constata que una vivienda nueva se ha construido conforme a la licencia y puede ocuparse. A menudo condiciona el alta definitiva de los suministros.
Afecta sobre todo a las viviendas nuevas o que han sido objeto de obras importantes.
Para el vendedor
Si vende una vivienda nueva, el comprador y su banco pedirán esta licencia; su ausencia puede bloquear la financiación y el alta de los suministros.
Véase también
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